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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un año y tres meses de prisión que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) impuso al expresidente del Real Club Recreativo de Huelva SAD Pablo Comas Mata-Mira por un delito de falseamiento de cuentas sociales en relación con su gestión al frente del club onubense.

La Sala desestima los recursos de casación interpuestos por el TRUST de aficionados recreativistas y N.R.G., en su condición de acusación particular; el Ayuntamiento de Huelva, como actor civil; y el propio condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que rebajó de 3 años a un año y tres meses de prisión la pena que le impuso la Audiencia Provincial de Huelva por un delito de administración desleal y otro de falseamiento de cuentas sociales.

Según ha informado el TSJA, la sentencia recurrida dejó sin efecto la condena por el primero de los delitos y el pago de una indemnización al club de fútbol de 646.516 euros en concepto de responsabilidad civil.

De este modo, la sentencia de la Audiencia Provincial recoge como hechos probados que en noviembre de 2011 el Ayuntamiento de Huelva, a través de la empresa municipal Huelva Deporte SL publicó una convocatoria pública de licitación para la venta de 328.786 acciones nominativas del Real Club Recreativo de Huelva S.A.D. pertenecientes a la citada sociedad municipal, mediante el procedimiento de subasta.

Así, dentro del procedimiento, se adjudicó a la única entidad ofertante, Gildoy España S.L. por un importe de 3,2 millones de euros. Esta entidad fue creada el 7 de junio de 2011 y su principal objeto social es la «adquisición y tenencia de paquetes de acciones o a la totalidad de las misma del Recreativo».

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