Sin categoría

¿Qué se puede hacer y qué no en el Estado de Alarma ?

0

La media noche del sábado al domingo el gobierno decretaba el Estado de Alarma que supone una serie de recomendaciones y obligaciones para todos. Les resumimos a continuacíon qué se puede hacer y que nó.

A la calle sólo se puede salir si es imprescindible: Para ir a trabajar si no hay alternativas como hacerlo por medios telemáticos o tener que prestar servicios esenciales. Sí se puede ir a comprar alimentos, a la farmacia, al banco y a los hospitales y centros de salud.

No se puede correr ni salir en bicicleta. Sólo se puede salir a la calle por causas de fuerza mayor. Sí se permite salir con el perro siguiendo las recomendaciones y manteniendo las distancias de seguridad.
También se puede salir a comprar el periódico, ir al estanco, ópticas y tiendas de productos ortopédicos.

En cuanto a los medios de transporte éstos se encuentran al 50% de su capacidad.En cualquier caso, no se recomienda su uso.Por lo que respecta a los desplazamientos sólo se puede si es para volver a la residencia habitual. Los movimientos por carretera están de nuevo supeditados a motivos muy importantes. La Policía puede cortar vías y puede pedir justificación por salir. Los desplazamientos se limitan a los servicios como seguridad, emergencias, suministros de elementos considerados de primera necesidad, telecomunicaciones y residuos.

Sólo se podrá visitar a la familia si se trata de ancianos dependientes y que necesiten asistencia.Tampoco se podrá ir a bares, restaurantes, cine, teatro o bibliotecas, además de porque están cerrados desde el día 14 de marzo y durante 15 días.

El incumplimiento de estas normas del Estado de Alarma puede conllevar multas y penas de prisión.

Parada a Raya

Artículo anterior

Suspensión de la zona ORA y refuerzo de ciertas líneas de autobuses en Huelva capital

Artículo siguiente

También te puede interesar