El Juzgado de Primera Instancia número seis de Huelva ha condenado a la Cooperativa de Viviendas Villas de Almanzor S.C.A., (perteneciente a Urbanz gestora de cooperativas) a la suspensión de la obra nueva iniciada en el término municipal de Aljaraque, con imposición de costas, por la invasión de una finca propiedad de Inversiones La Monacilla S.L., la demandante.
Según se señala en la sentencia, a la que ha tenido acceso esta Redacción, queda “suficientemente acreditada”, además, la pretensión de indemnización por parte de la entidad actora.
De la prueba practicada, en los informes pericial y topográfico se acredita que “la demandada ha iniciado una obra nueva que invade 42,29 metros cuadrados de la parcela de la finca de la demandante, que tenía proyectado la ejecución en su lindero sur de al menos una pista pádel y que las obras iniciadas según el proyecto de ejecución y estudio de detalle, lo son de al menos de dos viviendas, lo que tiene una entidad suficiente para ejercitar por la actora el procedimiento de suspensión de obra nueva”, así como no respetando la distancia a linderos entre las edificaciones.
Y todo ello, sin que se estime concurrente la causa alegada por la parte demandada que la obra está terminada pues resulta evidente, que no existe licencia de terminación o fin de las obras, procediendo de conformidad con toda la prueba practicada la suspensión de obra nueva.
En los antecedentes de hecho se indica que fue el 21 de mayo de 2024 cuando se formuló demanda de juicio verbal contra la demandada y que, tras ser admitida a trámite la demanda, se dio traslado de ella a la parte denunciada, emplazándola a que la contestase.
Sin embargo, entonces, la parte demandada se opuso a la misma, al tiempo que pidió que fuese desestimada íntegramente y que las costas fueran impuestas a la demandante.
Posteriormente, tal y como se acordó por el juzgado, la demandada procedió a la paralización de la obra nueva, de la que se pide la suspensión.