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El Consejo Andaluz de Colegios de Arquitectos Andaluces (CACOA) en el contexto del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, denuncia la “falta de voluntad política y administrativa para abordar los principales problemas y las situaciones que afectan a la mujer, adoptando únicamente medidas cosméticas e insuficientes”.

Desde el CACOA se exige a todos los responsables locales, autonómicos y nacionales que enarbolan la “supuesta igualdad social y laboral en la Administración”, que para ello “tienen que adoptar medidas urgentes efectivas en los contratos públicos de servicios de arquitectura, en los puestos de libre designación y en los complementos que elevan la brecha salarial a los que las profesionales madres y cuidadoras no pueden acceder”, ha reclamado la presidente del Consejo, Noemí Sanchís, denunciando que “Ya basta de medidas basadas solo en el lenguaje inclusivo. Queremos ver hechos”.

Desde el año 2019, la presidenta de los Arquitectos Andaluces se ha reunido en numerosas ocasiones con la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, para exponer los problemas en la contratación pública y, ante la gravedad de la situación que traslada, en 2022 el entonces consejero de Presidencia Elías Bendodo crea la Dirección General de Contratación Pública para abordar con mayor solvencia las funciones sobre la materia que hasta ese momento ejercía Hacienda.

Desde entonces, se ha expuesto públicamente y en reuniones al director general de Contratación Pública Alejandro Torres Ridruejo, “los graves problemas que sufren los arquitectos por los pliegos abusivos que lanza buena parte de la Administración y en los que, en especial, son las mujeres en edad de maternidad o las que cuidan a personas dependientes a la vez que intentan ejercer de arquitectas, las que son expulsadas paulatinamente por el mercado laboral, y de forma flagrante por el Sector Público”.

A los arquitectos “se les viene exigiendo solvencias técnicas y económicas muy elevadas de los tres últimos años, que engloban incluso el 2020, año de pandemia donde, obviamente, la solvencia es nula, como también lo es para una mujer, madre y arquitecta que acaba de tener un hijo o más de uno, o reduce su jornada laboral para cuidar de hijos y mayores, dado que es la única medida de conciliación laboral existente hoy por hoy, mermando su patrimonio, cotizaciones sociales de paro y jubilación y el progreso de su carrera laboral”, ha explicado la portavoz de los arquitectos.

Desde el CACOA hacen saber que “hay algunas administraciones que, entendiendo que es necesario ampliar dichos plazos para garantizar una auténtica libre concurrencia, elaboran pliegos que cumplen la Ley de Contratos y a la vez permiten que mujeres y jóvenes puedan incorporarse o mantenerse dentro de la actividad, pues la solvencia no puede ser una barrera a las licitaciones, y mucho menos un mecanismo discriminatorio para la maternidad”.

Lo primero a tener en cuenta – según afirman los servicios jurídicos del CACOA- es que “la solvencia ha de ser la acreditación de la aptitud y capacidad para hacer efectiva la prestación objeto del contrato, pero en modo alguno puede utilizarse como una fórmula para generar una barrera artificiosa que impida el acceso a la licitación o que suponga un factor excluyente o discriminatorio de licitadores, en este caso principalmente de las mujeres arquitectas, jóvenes y madres, pues ello vulneraría el artículo 1 de la Ley de Contratos del Sector Público, que exige que se garantice que la contratación pública se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores”.

DOTAR ADECUADAMENTE A LAS ADMINISTRACIONES

El Consejo Andaluz reclama que las unidades de contratación de todas las Administraciones Públicas han de estar dotadas adecuadamente para que el objetivo sea “generar la suficiente concurrencia competitiva para que se trate de una verdadera licitación, con exigencias de solvencia que sea las mínimas posibles, no las máximas admisibles”. Sin embargo, “muchas hacen lo contrario para eliminar licitadores y agilizar el proceso de adjudicación, al ser mínimo el número de personas las que acuden a la licitación.”

Esto provoca que “se esté creando una élite y se está expulsando al resto de arquitectos de la contratación pública, en especial a los jóvenes y las mujeres, porque si eres mujer, joven y madre, no tienes muchas opciones si no te asocias con un hombre, pero las mujeres no queremos elegir entre trabajo y maternidad, son dos derechos fundamentales”, denuncia Noemí Sanchís.

Esta situación se ha expuesto a la Dirección General de Contratación Pública, pero su asesoría jurídica sostiene que “no se puede hacer nada porque la Ley obliga a pedir como máximo los tres últimos años”, a pesar de que ya se ha expuesto que esto es falso, según se comprueba en el artículo 90 de la Ley de Contratos, que aquí reproducimos completo y literalmente:

“1. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación:

a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.

[…]e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.”

Habida cuenta esta legislación, desde el CACOA se contempla como “obvio, que la Junta de Andalucía disponen de un asesoramiento jurídico deficiente o no existe voluntad política para impedir que las mujeres sean expulsadas del Sector Público de la Arquitectura, o ambas cosas, por lo cual hemos decidido, entre otras medidas, exponer a la opinión pública esta situación injusta, vergonzosa e insostenible”.

Además, como muestra de la permanente voluntad de solucionar estas carencias, esta situación se ha explicado hace meses al viceconsejero de Presidencia Antonio Sanz Cabello que sostuvo que “era de suma gravedad y había que atajarlo”, pero no parece que haya tenido mucha incidencia en los responsables de abordarlo como coordinadores de toda la contratación pública de la Junta de Andalucía.

El Consejo Andaluz de Colegios de Arquitectos ya ha solicitado reuniones con La Consejería de Igualdad y el Instituto de la Mujer ante la inactividad del resto, y también ha mantenido reuniones con la Federación Andaluza de Municipios y Cosital (Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local), que han manifestado su disponibilidad para abordar un convenio tripartito que busque soluciones conjuntas a los problemas expuestos. Asimismo, se informó de esta situación el 9 de febrero a Iñaqui Carnicero, Secretario General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dado que, al parecer, “en el Gobierno de España no hay voluntad de mejorar la Ley de Contratos para impedir estos abusos y desigualdades, vulnerando otras leyes de igual rango”.

Seguiremos exigiendo a todos los responsables locales, autonómicos y nacionales medidas urgentes y efectivas para una igualdad real en el acceso a los contratos de la Administración. No nos conformaremos con más paliativos, excusas y dilaciones.

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